Aplazamiento deudas tributarias para Pymes y autónomos

Aplazamiento deudas tributarias para Pymes y autónomos

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Aplazamiento Deudas Tributarias para Pymes y autónomos

Las entidades con un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04€ en 2020 y los empresarios y profesionales autónomos podrán aplazar el ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el 30 de abril de 2021, ambos inclusive. Es decir, la deuda tributaria correspondiente al primer trimestre de 2021, por un importe total máximo de 30.000€.  En el caso de que ya se tenga deudas anteriores aplazadas, se podrá solicitar este aplazamiento solo hasta el límite total de dicha suma.

Se podrán aplazar las siguientes deudas tributarias:

  • Retenciones e ingresos a cuenta.
  • Tributos que deban ser repercutidos como el IVA.
  • Pagos fraccionados.

Condiciones del aplazamiento:

  • El plazo será de 6 meses.
  • No se devengarán intereses de demora durante los primeros cuatro meses del aplazamiento.