Aplazamiento deudas tributarias para Pymes y autónomos
Aplazamiento deudas tributarias para Pymes y autónomos
Publicado en Apr 12, 2021
Aplazamiento Deudas Tributarias para Pymes y autónomos
Las entidades con un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04€ en 2020 y los empresarios y profesionales autónomos podrán aplazar el ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas las declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el 30 de abril de 2021, ambos inclusive. Es decir, la deuda tributaria correspondiente al primer trimestre de 2021, por un importe total máximo de 30.000€. En el caso de que ya se tenga deudas anteriores aplazadas, se podrá solicitar este aplazamiento solo hasta el límite total de dicha suma.
Se podrán aplazar las siguientes deudas tributarias:
- Retenciones e ingresos a cuenta.
- Tributos que deban ser repercutidos como el IVA.
- Pagos fraccionados.
Condiciones del aplazamiento:
- El plazo será de 6 meses.
- No se devengarán intereses de demora durante los primeros cuatro meses del aplazamiento.