SUBVENCIONES PARA LA ACTIVIDAD DE LOS SECTORES DEL…

SUBVENCIONES PARA LA ACTIVIDAD DE LOS SECTORES DEL COMERCIO DE MINORISTA Y DE LA HOSTELERÍA

SUBVENCIONES PARA LA ACTIVIDAD DE LOS SECTORES DEL COMERCIO DE MINORISTA Y DE LA HOSTELERÍA

 

La Junta de Andalucía ha aprobado, con fecha 6 de abril 2021, y publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nuevas medidas urgentes para el mantenimiento de los sectores del comercio minorista y de la hostelería.

Se considerarán BENEFICIARIOS, las Pymes y autónomos con domicilio fiscal en Andalucía, que estuvieran desarrollando su actividad antes del 14/03/20 y que acrediten una caída de ingresos o ventas de al menos un 20% en el ejercicio 2020 respecto al ejercicio 2019. Tomándose como referencia el segundo trimestre de ambos ejercicios.

El importe máximo por beneficiario ascenderá a 3.000 euros.

Estas subvenciones tienen como finalidad el poder sufragar los gastos englobados en alguna de las siguientes categorías de gastos de capital circulante o de explotación:

  1. Materias primas y otros inputs para manufacturas.
  2. Existencias.
  3. Alquileres.
  4. Suministros tales como agua, electricidad, telefonía y gas.
  5. Gastos de personal, incluyendo tanto gastos salariales como de Seguridad Social.
  6. Seguros de daños y Responsabilidad Civil.
  7. Limpieza.
  8. Mantenimiento y reparación de vehículos afectos a la actividad.
  9. Seguridad.
  10. Asesoría fiscal, laboral y contable.
  11. Medidas protectoras y equipamiento necesario como respuesta efectiva a la crisis de salud pública provocada por el COVID, tales como equipos de protección, mamparas y pruebas COVID.

El plazo de presentación de las solicitudes: Es de 30 días naturales desde el 7 de abril de 2021, y se concederán por orden de llegada hasta agotar el crédito.

Sólo se podrán presentar telemáticamente.